viernes, 2 de noviembre de 2007

Fusión Falabella con DyS


Descenso Precios de los Supermercadistas
(Una verdad a medias)


Finn R. Samsing A.©*
Director Conadecus

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  • Para emitir verdades a medias o comer pescado hay que tener cuidado.

  • Las eficiencias de las economías de escala se trasladan a mejorar los resultados, salvo que por presiones competitivas se requiera destinarla a rebajar los precios.

  • Las rebajas de precios están destinadas a depredar y eliminar a la competencia.

  • No está en los libros esperar rebajas en los precios para beneficiar voluntariamente al consumidor.

  • Las 21.000.000. de Tarjetas de Crédito no bancarias vigentes pueden dar la magnitud del problema que afecta al consumidor chileno.
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En publicación aparecida en el cuerpo B de El Mercurio del jueves 1º de noviembre, relacionado con un nuevo estudio presentado al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia por Falabella-D&S bajo el titulo “Descenso en precios de hasta 12% generan supermercadistas”, los economistas Loreto Lira, Magdalena Ugarte y Rodrigo Vergara revelan que entre 7% y 12% se reducen los precios de los alimentos entre 7% y 12% cuando un hipermercado de las grandes cadenas de supermercadistas ingresa a una ciudad, tal como anteriormente lo había hecho la investigación de los economistas Andrés Gómez-Lobos y Aldo González .“Esto se debe al avance de las grandes cadenas de supermercados, que efectivamente tienen la capacidad de desarrollar economías de escala” señala el estudio.


Debería de demostrarse “empíricamente” la mayor eficiencia de los supermercadistas versus el comercio local establecido que se derive de las economías de escala.

También tendría que demostrarse “empíricamente” una relación directa entre aumento de eficiencia y rebaja de precios, cosa que no es demostrable, ya que las eficiencias de las economías de escala se trasladan en una empresa a mejorar los resultados, salvo que por presiones competitivas el supermercadista requiera destinarla a rebajar sus precios.

Por lo tanto no es correcto inferir que la capacidad de desarrollar economías de escala redundará siempre en disminuciones de precios, como dicen los referidos economistas. No está en los libros esperar rebajas en los precios para beneficiar voluntariamente al consumidor.

Las presiones competitivas para rebajar precios resultan del enfrentamiento con la competencia, si es que acaso la hay. Más importante es que las rebajas de precios están destinadas a depredar y eliminar a la competencia representada por los medianos y pequeños comerciantes locales y así tener una mejor posición monopólica frente a los consumidores locales.

Si las rebajas de precios son necesarias dependerán del margen de operación. El margen de operación a su vez depende de dos componentes de costos: uno la eficiencia de la operación y segundo, pero más importante, son los costos de adquisición de los productos vendidos.

Asumiendo que no hay importantes diferencias en eficiencia entre los supermercadistas y los comerciantes locales, cosa que es muy posible, la capacidad de rebajar precios estaría dada por los costos de adquisición de los productos vendidos.

Este último punto es el crucial para explicar porque los supermercadistas rebajan sus precios a niveles que el comerciante local no puede hacerlo y así expulsarlos del mercado, no por su ineficiencia como manifiestan muchos economistas, sino porque han sido discriminados en precios y condiciones por los proveedores mayoristas.

Estas discriminaciones de precios por parte de los proveedores están prohibidas en Estados Unidos, ya que aceptarlas serían la base para la concentración de empresas en los mercados como ha sucedido en Chile. Esta es se considera una falta grave en aquel país que es penada penalizada con multas, indemnizaciones a los afectados y hasta prisión para los ejecutivos involucrados.

Tampoco en dicho país las leyes antimonopolios permiten que una empresa usando los recursos generados en un mercado geográfico los emplee para depredar otro mercado, lo que estaría sucediendo por ejemplo si las cadenas de “retail” cobran cobraran el mismo precio por un producto en todo el país. Los mercados centrales estarían subvencionando los costos de transporte a los mercados distantes del centro, lo cual pone en una desventaja competitiva al comercio local.

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia no ha cumplido con su deber establecido en el artículo 17 C de la ley que crea dicho tribunal proponiendo “la dictación de preceptos legales o reglamentarios cuando sean necesarios para fomentar la competencia o regular el ejercicio de determinadas actividades económicas que se presten en condiciones no competitivas” . Por falta de normas adecuadas que defiendan la libre competencia, miles de comercios e industrias medianas y pequeñas han desaparecido del mercado chileno.

Por último hay rebajas de precios que son un engaño encubierto al consumidor final y son las que resultan es la que resulta cuando se combina el negocio de comercialización detallista con el negocio del financiamiento del consumidor final.

En la comercialización se ofrecen los productos a precios muy bajos e induciendo en paralelo al consumidor a adquirir estos productos con la Tarjeta de Crédito no bancaria, operada por la propia cadena detallista. El costo para el consumidor de este financiamiento supera en casi todos los casos a más de un 100% al año, habiéndose analizados casos de Tarjetas cuyo costo anual es superior al 300% al año sobre el crédito empleado.

Es así como la caída en los resultados de operación en la etapa de comercialización se recuperan con creces con los resultados de la operación de las respectivas Tarjetas de Crédito.

Las Tarjetas de Crédito Comerciales han pasado a ser el mecanismo económico más regresivo que afecta la distribución de la renta en Chile. (Ver página web: http://tarjetascreditochile.blogspot.com/ ).Las 21.000.000. de Tarjetas de Crédito no bancarias vigentes pueden dar la magnitud del problema que afecta al consumidor chileno. Las normas del Banco Central del 3/3/2006 sobre Tarjetas de Crédito y la SBIF no han logrado detener los abusos que se cometen con estos instrumentos de crédito.

Santiago, noviembre 1º 2007.

*©=Candidato en abril 2006 a miembro del TDLC en representación del Banco Central, donde uno de los requisitos para evaluar al concursante era “Haber participado en la resolución, dictamen o informe sobre materias de libre competencia o relacionadas con ésta como integrante de instituciones u organismos públicos nacionales, extranjeros o internacionales, cuyo objeto, funciones o
atribuciones se refieran a dichas materias” con lo cual se perpetúan los representantes del TDLC. Fueron reelegidos los integrantes que habían finalizado su periodo………….

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